La modificación de la LECO obligará a los infractores a restaurar el medio natural sin posibilidad de prescripción

Asimismo se introducen una serie de mecanismos para garantizar y dar un impulso a que la acción administrativa y las políticas públicas se orienten hacia la consecución de los objetivos de la Estrategia de la Unión Europea sobre biodiversidad 2030

390
Eliminación de plantas invasoras en Formentera el pasado agosto / Foto: Goib
Publicidad
Compartir

El Boletín oficial de las Islas Baleares (BOIB) ha publicado hoy el anuncio de inicio de exposición pública del Anteproyecto de ley por la que se modifica la Ley 5/2005, de 26 de mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental (LECO). Los interesados ​​dispondrán de un mes para presentar alegaciones.

La Ley 5/2005 se promulgó en un contexto normativo que a día de hoy ha cambiado notablemente. Así, por un lado, la Conselleria balear de Medio Ambiente y Territorio promueve una modificación eminentemente técnica, que se materializa principalmente en los procedimientos de elaboración y aprobación de los distintos instrumentos de planeamiento ambiental y del procedimiento de declaración de los espacios naturales protegidos. En este sentido, la propuesta unifica, armoniza y simplifica el régimen jurídico aplicable incorporando, además, los principios y directrices de la normativa de acceso a la información y participación pública en materia de medio ambiente.

Por otra parte, se introducen una serie de mecanismos para garantizar y dar un impulso a que la acción administrativa y las políticas públicas se orienten hacia la consecución de los objetivos de la Estrategia de la Unión Europea sobre biodiversidad 2030. Entre estas medidas, destaca la creación del Catálogo de especies exóticas invasoras de las Islas Baleares, de un protocolo en materia de bioseguridad, del Fondo del Patrimonio Natural de las Islas Baleares, la extensión del régimen de protección cautelar actual a las figuras de la Red Natura 2000, la creación de un régimen de protección preventiva o el impulso de la restauración ambiental.

Publicidad

Así, por ejemplo, el anteproyecto de Ley incorpora un artículo en la LECO que estipula que las personas sancionadas tendrán que reparar el daño o alteraciones causados ​​en el medio natural. De esta forma, se introduce la obligatoriedad de la restauración ambiental que, además, no prescribirá nunca.

En caso de que la restauración se ejecute antes de que la administración resuelva el expediente sancionador, el infractor podrá beneficiarse de una reducción de la sanción de un 40%. Este porcentaje sería acumulable a los porcentajes de reducción por el reconocimiento voluntario de la responsabilidad y pago anticipado de las sanciones.

Cuando la restauración se produzca después de la resolución que lo ordena, el descuento sería del 10% si se ejecuta dentro del plazo otorgado a tal efecto. El incumplimiento de la orden de restitución dará lugar, mientras persista, a la imposición de multas coercitivas sucesivas para períodos mínimos de treinta días y cuantía, en cada ocasión, del 10% de la sanción. En caso de impago, las multas serán exigibles por la vía del apremio.

Publicidad