El Govern solicita al TSJB la ampliación del uso del certificado Covid en los ámbitos con más frecuencia de personas

A partir del nivel de alerta 1 se exigiría para la restauración y los espacios con celebraciones de más de 50 personas y en todo el ocio nocturno

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Vacuna Covid-19
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El Consell de Govern ha aprobado pedir al Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) el visto bueno para aplicar un nuevo marco de medidas temporales y excepcionales en el ámbito de la actividad de determinados establecimientos, en función del nivel de alerta sanitaria de la isla en la que se encuentren radicados para la contención de la COVID-19.

Se establecen, concretamente, nuevas medidas a aplicar a partir de los niveles 1, 2 y 3 de alerta sanitaria, que pasan por exigir el acceso con certificado COVID a los ámbitos que presenten mayor riesgo de contagio. Por tanto, se establecen cuatro niveles de alerta en cada uno de los cuales se recoge la obligatoriedad de acceso con certificado COVID (la acreditación documental de estar vacunado o de haber sufrido la enfermedad dentro de los seis meses anteriores o de haberse sometido con resultado negativo a una PDIA entre las 48 y las 72 horas anteriores).

Así, por tanto, el nivel 0 continuaría con las mismas medidas aprobadas hasta ahora. Habría novedades para el nivel 1, ya que, además de exigir el certificado COVID para acceder a discotecas y salas de fiestas, así como a residencias de personas mayores, se añaden otros ámbitos, como la restauración con interiores para más de 50 personas o en el resto del ocio nocturno.

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En caso de que la situación epidemiológica pasara a nivel 2, se incluirían los alojamientos turísticos donde los huéspedes compartan habitación (albergues, hostales, refugios, etc.) y, en el nivel 3, se aplicaría también a cines, circos con carpa, academias de baile o gimnasios.

Ahora mismo, según la última revisión de niveles del pasado día 22 de noviembre, todas las Islas Baleares se encuentran en nivel 1, pero debe advertirse que éste se revisará el viernes día 3 de diciembre y que puede cambiar en función de los criterios sanitarios.

Nuevas medidas de alerta sanitaria

En el nivel de alerta sanitaria 1 o superior, se exigirá el certificado COVID para acceder a los siguientes establecimientos y eventos:

  • Discotecas, salas de fiesta y/o salas de baile.
  • Establecimientos o locales donde se lleven a cabo celebraciones con participación de más de 50 personas y en las que se presten actividades de restauración o baile.
  • Bares de copas o cafés concierto y pubs.
  • Establecimientos de restauración con cabida interior para más de 50 personas, incluyendo los espacios con servicio de restauración ubicados en alojamientos turísticos, instalaciones deportivas, centros recreativos para personas mayores y locales de juegos y apuestas.

En el nivel de alerta sanitaria 2 o superior, se añadirá el uso del certificado COVID para acceder a los siguientes establecimientos:

  • Refugios, hostales, albergues y otros establecimientos turísticos, independientemente de su denominación, con habitaciones de uso compartido.

En el nivel de alerta sanitaria 3 o superior, se incluirá la exigencia de certificado COVID en los siguientes ámbitos:

  • Cines, circos de carpa y otros establecimientos donde se lleven a cabo actividades culturales, si se permite el consumo de alimentos y/o bebidas.
  • Gimnasios y otras instalaciones donde se lleven a cabo actividades propias de salas de musculación y actividades dirigidas.
  • Academias de baile.

Este acuerdo se enviará al Tribunal Superior de Justicia Baleares para que autorice su contenido y la previsión es que, una vez tenga el aval judicial, esté vigente desde el sábado 4 de diciembre de 2021, una vez se publique en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) hasta el 24 de enero de 2022.

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