La justicia da la razón a UGT frente al Consell de Formentera en los procesos de selección de personal por una mala praxis

El sindicato denunció la utilización de personal interino en los tribunales de selección para la contratación

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Consell Insular de Formentera
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UGT ha remitido una nota en la que destaca que la justicia «ha vuelto a dar la razón» al sindicato frente al Consell de Formentera, en relación a la denuncia de la FeSP-UGT sobre la falta de idoneidad de los tribunales destinados a decidir sobre la contratación del personal interino o temporal de la institución insular.

«El hecho denunciado era por tanto, la utilización de personal interino en los tribunales de selección, algo no permitido por la ley y que desde UGT se venía denunciando, en primera instancia de manera verbal, posteriormente por escrito y finalmente recurriendo a la vía judicial el incumplimiento sistemático que la administración de Formentera estaba llevando a cabo en la anterior legislatura, recordemos, cuando la Sra. Vanessa Parellada era consellera de Recursos Humanos», destacan en el comunicado.

Asimismo añaden que UGT afirmaba «y posteriormente lo ha confirmado la sentencia», que algunas de las personas que integraron los Tribunales calificadores de los procesos selectivos incumplían el artículo 60 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) así como la Disposición Adicional Primera del RD 896/1991 y el artículo 190 de la ley 20/2006, municipal y local de les Illes Baleares, «lo que supone por tanto, una infracción del ordenamiento».

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«UGT siempre ha defendido que la “agilidad” alegada por el Consell Insular de Formentera para justificar estos procedimientos, que ahora han sido declarados ilegales, no se ajustaba a la legalidad establecida para estos procesos», apuntan desde el sindicato.

Desde UGT señalan además que el Consell de Formentera se excusa en el hecho de no contar con personal fijo o capacitado para poder realizar esta función, un argumento que tal y como afirma la sentencia se queda en eso, una mera excusa cuando afirma “El Consell Insular tiene plena legitimación y amplias facultades para nombrar, bien a personal de esa Administración insular o bien ajena a ésta, que pueda cumplir con las exigencias del artículo 60 del EBEP”.

Por último destacan que esta sentencia «refuerza nuestra actividad sindical y obliga al Consell Insular de Formentera a cumplir la normativa y esforzarse más».

 

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