Los establecimientos comerciales deben ponerse al día en materia de ocupación de la vía pública

La nueva ordenanza reguladora entró en vigor el pasado 30 de enero por lo que las autorizaciones amparadas en la anterior ordenanza han quedado derogadas

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Ocupación de vía pública en Sant Francesc Foto CIF
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La Conselleria de Territorio y Turismo del Consell Insular de Formentera remitió una nota de prensa en la que recuerda a los titulares de establecimientos comerciales la entrada en vigor, el pasado 30 de enero con su publicación en el BOIB núm.14, de la nueva ordenanza en materia de ocupación de la vía pública, a través de terrazas u otras instalaciones.

Desde el Consell especificaron que las autorizaciones amparadas en la anterior ordenanza han quedado derogadas, y los establecimientos que quieran disfrutar del uso de vía pública deberán presentar la correspondiente solicitud  y la documentación que se especifica en el artículo 10 de la nueva ordenanza que podrán encontrar en el tablón de anuncios del área de Urbanismo de la web del Consell en el enlace: http://bit.ly/2vAFUpk.

Asimismo, desde la Conselleria recordaron que, de acuerdo con la nueva ordenanza, los establecimientos deberán permanecer abiertos, como mínimo, entre el 15 de mayo y el 15 de octubre.

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Según señala la normativa municipal, el objeto de esta ordenanza es regular el aprovechamiento de terrenos de dominio público municipal por bares, cafeterías, restaurantes y otros tipos de establecimientos, «así como otros tipos de empleo que constituyan un aprovechamiento privativo del espacio de dominio y uso público compatibilizando con el uso común general de los ciudadanos».

 

 

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