El área de Territorio y Turismo del Consell Insular de Formentera ha informado que «de acuerdo con los artículos 19 y 23.7 de la Ley 8/2012 de 19 de julio, las empresas turísticas, tanto propietarios como empresas mediadoras, están obligados a incorporar y hacer público de forma permanente el número de inscripción turística de la vivienda en el canal de oferta en el que promocionen sus servicios».
Según expresaron desde la Consellera si todavía se carece de número de inscripción de la vivienda se deberá incluir el número de registro de entrada otorgado cuando se presentó la Declaración Responsable de Inicio de Actividad Turística (DRIAT).
Asimismo apuntaron que, en caso incumplimiento de esta obligación, se produciría una infracción que puede conllevar sanciones de hasta 4.000 euros tanto a los propietarios de las viviendas como a las plataformas anunciantes.